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Con efectos 1 de enero de 2012, el Régimen Especial
de Empleados de Hogar queda integrado en el Régimen General de la Seguridad Social,
mediante la creación del Sistema Especial para Empleados del Hogar, según la
Disposición adicional trigésima novena de la Ley
27/2011 de 1 de agosto (BOE del 2) sobre actualización, adecuación y
modernización del Sistema de la Seguridad Social.
Los empleadores para quienes los trabajadores
realicen labores domésticas deberán presentar en cualquier Administración de la
Seguridad Social o a través del Registro Electrónico, los modelos para
la solicitud de un Código de Cuenta de Cotización (CCC) dentro del Sistema Especial para Empleados de
Hogar del Régimen General y el modelo TA 2/S- 0138 (Pulsar para descargar) para solicitar el alta o
baja de los trabajadores.
Durante el periodo transitorio, que va desde el 1 de
enero de 2012 al 30 de junio de 2012, los empleadores con trabajadores en alta
deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social los datos
necesarios para la apertura de una nueva Cuenta de Cotización y los formularios necesarios para
tramitar el alta de los trabajadores a su servicio en el nuevo Sistema Especial
para Empleados del Hogar. Para facilitar dichas tareas se ha creado el modelo
TA-HOGAR.(pulsar para descargar)
Para más detalles y toda la documentación necesaria
pulsar aquí(En la parte de la derecha tenéis los enlaces a todos los formularios necesarios).