jueves, 11 de febrero de 2010

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Bueno por ahora os dire que se publicó el día 30 de Diciembre de 2009 en el R.D 2030/2009 el nuevo salario mínimo interprofesional para el año 2010.  Como es lógico esto se hace en cumplimiento del mandato al gobierno para fijar anualmente el salario mínimo, que está contenido en el art. 27.1 de la ley del estatuto de los trabajadores. Las nuevas cuantias deberían estar vigentes desde el 1 de enero del 2010, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para el personal al servicio del hogar.

  Las nuevas cuantias, representan un 1,5% respecto a las anteriores del 2009, y son el resultado de tomar en consideración todos los factores contemplados de forma conjunta en el art.27.1 del E.T(estatuto del trabajador).

Asi que tenemos que el artículo 1 de dicho Real Decreto, se cita la cuantia.:
"Art.1: El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,11 €/día o, 633,30 €/mes según que el salario esté fijado por días o por meses. 
     En el salario mínimo se comutan tanto la retribución en dinero como en especie. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario laparte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada infferior se percibirá a prorrata....."